
El día de ayer, la Presidencia de la República publicó, en su edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), la reforma constitucional que reduce la jornada laboral de 48 a 40 horas, la cual entrará en vigor a partir de hoy.
En el decreto se establece que el Congreso de la Unión deberá realizar las reformas a la legislación secundaria en un plazo de 90 días.
Así, oficialmente, las modificaciones estipulan que la reducción de la jornada laboral se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año correspondiente, hasta el año 2030.
Asimismo, se estipula que por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro, el trabajo extraordinario no excederá de 12 horas en una semana, cuando se supere este margen, el patrón deberá pagar 200% más del salario que corresponda a las horas de la jornada y se prohíbe que las personas menores de 18 años puedan laborar tiempo extra.
A su vez queda claro que en ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.
Nación 321




